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Archives for mayo 2018

¿Cómo puedo realizar un sorteo en las redes sociales?

La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego en su artículo 3 define los sorteos como combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales en los que, con finalidades publicitarias o de promoción de un producto o servicio, se ofrecen premios en metálico, especie o servicio.

Cabe comentar que para realizar un sorteo de las características anteriores no es necesaria la obtención de licencia o autorización, ni tampoco la comunicación previa a la Dirección General de Ordenación del Juego.

A la hora de realizar un sorteo mediante las redes sociales, es muy importante redactar unas bases legales, que deben estar asociadas a la página web o blog para que sean visibles y aceptadas por todos los participantes, o bien depositadas ante Notario. El contenido mínimo que deben incluir las bases legales es el siguiente:

-Identificación del organizador

-Fechas de comienzo y fin del sorteo

-Fecha y forma de asignación del premio

-Gratuidad o tarificación para acceder al sorteo

-Reglas y condiciones de la participación

-Funcionamiento del sorteo

-Valor y naturaleza del premio

-Protección de datos de carácter personal

-Procedimiento antifraude

-Cesiones de derechos de imagen o de propiedad intelectual de los participantes

-Advertencia del destino de los datos recogidos (Ej. Finalidades publicitarias)

Por último, por lo que respecta al ámbito tributario, a tenor de lo dispuesto en el Art. 48 de la Ley 13/2011, el tipo de gravamen aplicable a las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales será del 10% sobre el importe total del valor de mercado de los premios ofrecidos o ventajas concedidas a los participantes.

Además, las personas, ya sean físicas o jurídicas, que realicen combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales tendrán que realizar las retenciones de IRPF en concepto de pago a cuenta correspondientes según la normativa vigente.

 

 

Fuente fotografía: dreamstime.com

«El último adiós, en casa» de Muy Interesante Estar Bien

Desde Vergés Abogados prestamos asesoramiento para el artículo “El último adiós, en casa” de la periodista Laura Chaparro, publicado en la revista Muy Interesante Estar Bien de este mes de mayo.

El artículo se centra en la necesidad de los cuidados paliativos y del apoyo familiar para aquellos que eligen acabar sus días lejos de una habitación de hospital y hacerlo en casa. Esta elección es cada vez es más habitual, y es que como se comenta en el artículo, en el año 2015 fallecieron en sus domicilios un total de 105.643 personas, que representan un 25% del total de las defunciones.

Cabe destacar, como comenta Alba Torres, que la legislación estatal de autonomía de paciente reconoce la dignidad de la persona y el respeto a su voluntad, amparando a los que deciden dar su último adiós desde su domicilio.

A continuación encontraréis un fragmento del artículo que os animamos a leer:

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