fbpx

BLOG

Obligatoriedad del plan de igualdad en las empresas para 2021

Con la aprobación del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación las empresas tienen la obligación legal de tener y respetar el Plan de igualdad.

 

¿Pero qué es?

 

El Plan de igualdad es un Protocolo Empresarial pactado por los Trabajadores para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y Hombres.

 

¿Tiene todas las Empresas obligación a realizarlo?

 

No, estamos ante una obligación de aprobación e implantación del plan de igualdad siempre y cuando nos encontremos ante una de las siguientes situaciones:

 

  • A partir del 7 de marzo del presente año 2020, empresas de entre 151 y 250 personas trabajadoras.

 

  • A partir del 7 de marzo de 2021, empresas entre 101 y 150 personas trabajadoras.

 

  • A partir del 7 de marzo de 2022, empresas entre 50 y 100

 

Por tanto, es una medida obligatoria para el año 2021 para todas las empresas con más de 101 trabajadores; y el mismo se debe negociar con los Representantes Legales de los Trabajadores, así como deberá ser registrado ante la Autoridad Laboral competente.

Comparte el artículo:

Facebook
Twitter
LinkedIn

Suscríbete a nuestra Newsletter

VERSATIL a través de los envíos de comunicaciones digitales pretende mantener a sus clientes informados sobre la actualidad y novedades del sector. Por esta razón en VERSATIL tratamos la información que nos facilitan los interesados con el fin de gestionar de manera telemática el envío de publicaciones a las que previamente se han suscrito.

Los datos personales proporcionados se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesariopara tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos o la destrucción total de los mismos.

Tratamos los datos para evitar las publicaciones si media su consentimiento de forma expresa y previa al tratamiento de datos, o bien por relación contractual con el cliente o bien por medio de fuente de acceso público. Para ello resulta fundamental que marque las casillas de autorización para que podamos remitirle las publicaciones a través de correo electrónico.

Sus datos no se van a ceder a terceras entidades, salvo obligación legal. Tampoco se van a realizar transferencias internacionales de datos.

  • Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento
  • Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición a su tratamiento.
  • Derecho a la portabilidad de datos
  • Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (agpd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.