El 20 de septiembre entró en vigor el Decreto 141/2017 por el cual se aprueba el Reglamento del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos . Este reglamento tiene por objeto el desarrollo normativo para aplicar el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, regulado en la Ley 5/2017 de 28 de marzo.
El impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos fue creado en el año 2012, y fue modificado en marzo. La finalidad de esta revisión ha sido la actualización para adaptarlo a los cambios producidos en el sector turístico los últimos años, además de mejorar la gestión del mismo simplificando y reduciendo las cargas administrativas y aumentando la seguridad jurídica para los agentes afectados.
Novedades
–El asistente en la recaudación: En el Decreto 141/2017 se introduce la figura del “asistente en la recaudación”, que serán personas intermediarias de empresas turísticas de alojamiento y de profesionales, empresas, entidades u operadores de plataformas tecnológicas que comercialicen servicios turísticos de alojamiento o que faciliten la relación entre la persona titular de la explotación y las personas físicas que hacen las estancias.
–Liquidación semestral: Los artículos 10 y 11 del Decreto citado se establece que la liquidación va a ser semestral, y no trimestral como hasta el momento. Habrá dos períodos de liquidación coincidiendo con la temporada turística de verano y de invierno:
-Del 1 de abril al 30 de septiembre
-Del 1 de octubre al 31 de marzo
La presentación de la autoliquidación será por vía telemática y el ingreso del tributo se realizará entre los días 1 y 20 de octubre y de abril, según el período que corresponda.
–Nuevas exenciones: El texto regula nuevos supuestos de exención como son la fuerza mayor por catástrofes naturales o actos violentos y que así lo declare la administración correspondiente, y los motivos de salud, en los que será necesario la aportación de una declaración responsable y un certificado del centro médico.
Fuente fotografía: www.holidays-dream.com